Se aprueba la Ley Apícola y de Protección de Polinizadores en la CDMX

Se aprueba la Ley Apícola y de Protección de Polinizadores en la CDMX

 

 La nueva legislación reconoce a las abejas y otros polinizadores como especies de protección prioritaria en la Ciudad de México, con esta ley se fortalece la conservación de la biodiversidad y el desarrollo sustentable del sector apícola

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La Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA) de la Ciudad de México celebra la aprobación en el Congreso capitalino de la Ley para el Fomento Apícola y la Conservación de Polinizadores de la Ciudad de México, una legislación que establece un marco jurídico para proteger, conservar, rescatar, investigar, fomentar y regular las actividades relacionadas con la apicultura y los agentes polinizadores en la capital del país.

 

En el marco de los trabajos para la construcción de esta legislación, la dependencia participó mediante mesas técnicas, acompañamiento institucional y actividades de intercambio con integrantes del sector apícola, colectivos, especialistas, productores y representantes de organizaciones dedicadas a la protección de polinizadores, fortaleciendo acciones en materia de protección ambiental, biodiversidad y conservación de estas especies fundamentales para los ecosistemas.

 

La nueva legislación reconoce a las abejas —incluyendo especies nativas y Apis mellifera— así como a otros polinizadores, como mariposas, colibríes, murciélagos, polillas y escarabajos, como especies de protección prioritaria debido a su valor ecológico, su papel esencial en la conservación de la biodiversidad y su importancia para los ecosistemas agrícolas, forestales y urbanos de la ciudad.

 

La ley tiene como objetivo garantizar la continuidad de los bienes y servicios ecosistémicos asociados a la polinización mediante el impulso al aprovechamiento sustentable del sector apícola, así como fortalecer la protección de hábitats naturales y ecosistemas donde habitan las abejas y otros agentes polinizadores.

 

Asimismo, contempla acciones para promover la restauración ecológica, la creación y protección de jardines para polinizadores, la educación ambiental, la investigación científica y la difusión del conocimiento frente a la crisis global de pérdida de biodiversidad. Entre otros aspectos, la legislación establece mecanismos para fomentar buenas prácticas de producción y comercialización de productos apícolas; fortalecer la protección de flora melífera, nectarífera y polinífera; e impulsar acciones para prevenir afectaciones derivadas del uso inadecuado de agroquímicos y plaguicidas altamente peligrosos para los polinizadores y los ecosistemas.

 

La ley también impulsa la participación de mujeres, jóvenes, pueblos y comunidades indígenas en actividades apícolas y de conservación de polinizadores, además de promover mecanismos de monitoreo mediante herramientas de ciencia ciudadana para fortalecer el conocimiento y protección de la biodiversidad en la Ciudad de México.

 

Además, prioriza la protección y restauración de ecosistemas en el Suelo de Conservación, Áreas Naturales Protegidas y Áreas de Valor Ambiental, reconociendo el papel estratégico de estas zonas para la supervivencia de los polinizadores y el equilibrio ambiental de la capital.

 

La SEDEMA refrenda su compromiso con la protección de la biodiversidad, la conservación de los ecosistemas y el impulso de políticas públicas orientadas al cuidado del medio ambiente y los servicios ecosistémicos que sostienen la vida en la Ciudad de México.

Lo que reconoce la ley

Las abejas y demás polinizadores son especies de protección prioritaria

Las colonias de abejas son ganado y su robo se sanciona como abigeato

La polinización es un servicio ecosistémico esencial para la soberanía alimentaria

La apicultura es prioridad del desarrollo sustentable de la ciudad

Lo que crea la ley

Jardines para Polinizadores como estrategia de conservación urbana

Padrón Apícola de la Ciudad de México

Protocolo ante mortandad masiva, con análisis toxicológico, resguardo de muestras y vías legales

Bancos de germoplasma y programas permanentes de propagación de flora melífera nativa

Lo que prohibe la ley

Plaguicidas altamente peligrosos: neonicotinoides y fipronil

Liberación de OGM que representen riesgo para polinizadores, biodiversidad o ecosistemas

Destrucción de enjambres: ahora se rescatan como asunto de utilidad pública

Lo que mandata la ley

SEDEMA: alineación con la Estrategia Nacional de Polinizadores, rescate de saberes tradicionales y compras públicas sustentables

Alcaldías y SOBSE: incorporar flora melífera en reforestación y paisajismo urbano

 

 

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